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Nuevo Reprocann en Argentina: el Gobierno redefine las reglas para el uso y cultivo de cannabis medicinal

Redacción Marlone Serrano


Nuevo Reprocann en Argentina: el Gobierno redefine las reglas para el uso y cultivo de cannabis medicinal
Nuevo Reprocann en Argentina: el Gobierno redefine las reglas para el uso y cultivo de cannabis medicinal

Más de 100 mil personas que esperaban autorización para cultivar cannabis con fines medicinales finalmente recibieron una respuesta: el Gobierno argentino, a través del Ministerio de Salud, publicó en el Boletín Oficial la resolución 1780/2025, que introduce cambios significativos en el Registro del Programa de Cannabis (Reprocann). Aunque las modificaciones afectan principalmente a organizaciones civiles y cultivadores solidarios, los usuarios particulares verán pocos cambios. 

La nueva normativa mantiene para los usuarios individuales la posibilidad de cultivar hasta nueve plantas florecidas por un período de tres años, siempre que cuenten con indicación médica. También se conserva el permiso para transportar hasta 40 gramos de flores o 30 miligramos de aceite, siempre con autorización visible en la app Mi Argentina. Para los que ya están registrados, los requisitos se mantendrán, pero deberán sumar un seguimiento médico más detallado en su renovación. 

Reinicio para quienes estaban en espera 

Sin embargo, los cerca de 100 mil solicitantes que llevaban más de un año aguardando autorización deberán comenzar el trámite desde cero bajo los nuevos lineamientos. A partir de ahora, Reprocann agrupará a los usuarios en tres categorías: pacientes con indicación médica, cultivadores (particulares o terceros solidarios) y personas jurídicas autorizadas para proyectos de investigación y desarrollo. 

Cultivadores solidarios bajo la lupa 

Uno de los focos del nuevo marco regulatorio es el “cultivador solidario”, figura que el Gobierno señala como usada de forma indebida para fines comerciales. A partir de ahora, solo podrá cultivar para sí mismo y para un único usuario adicional, con un máximo de 18 plantas en floración. Además, deberá presentar informes semestrales, pruebas cromatográficas, antecedentes penales limpios y autorización expresa del usuario al que representa. 

Organizaciones civiles, en la cuerda floja 

Las ONG y clubes de cultivo enfrentan exigencias mucho más estrictas: deberán designar un Director Médico, un Responsable Técnico, entregar informes técnicos y médicos semestrales, y cumplir con requisitos de confidencialidad, genética registrada y antecedentes penales limpios. Su autorización durará solo un año. 

Estas nuevas exigencias despertaron críticas inmediatas en el sector cannábico. Valeria Salech, presidenta de Mamá Cultiva Argentina, advirtió que estas condiciones transforman a las ONG en clínicas privadas: “Esto no es una política sanitaria, es una política de ajuste. Criminaliza la pobreza y precariza el derecho a la salud”. 

Desde el Consejo Consultivo Honorario, también hubo descontento. Sus integrantes denuncian que no fueron consultados antes de la publicación de la norma. “La resolución exige requisitos muy difíciles de cumplir para ONG y cultivadores solidarios. Complejiza el acceso de los usuarios que más lo necesitan”, expresó Claudia Pérez, presidenta de Madres Cultivadoras. 

El rol de los médicos también cambia 

Ahora, los profesionales que receten cannabis deberán estar inscriptos en la Red Federal de Registros de Profesionales de la Salud (REFEPS), tener formación acreditada en medicina cannábica y registrar su firma digital ante el Ministerio. 

Aunque el cannabis medicinal no figura como prioridad en la agenda gubernamental, las repercusiones de esta resolución se harán sentir en las próximas horas. Organizaciones, pacientes y activistas que durante años lucharon por un acceso justo y libre de criminalización analizan los pasos a seguir ante lo que consideran un retroceso en materia de derechos y salud pública. 

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