La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha dado un paso significativo en la regulación del cannabis en México al ordenar a la Secretaría de Salud y a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) emitir un reglamento específico para la comercialización, exportación e importación de productos derivados del cannabis. Este reglamento deberá ser elaborado y publicado en un plazo de 180 días y está enfocado en productos que contengan concentraciones del 1% o menores de THC, el principal compuesto psicoactivo de la planta.
La orden de la SCJN surge tras el análisis del caso de la empresa Cannabis Energy Drink México, la cual buscaba importar y comercializar cuatro tipos de bebidas energizantes que contienen menos del 1% de extracto de cáñamo. La empresa había solicitado un amparo argumentando que la falta de un reglamento específico violaba su derecho a la libertad de trabajo. La Ley General de Salud establece que los productos con derivados de cannabis en concentraciones bajas de THC deben cumplir con requisitos sanitarios específicos, los cuales no han sido reglamentados desde 2017, lo que motivó la intervención de la Suprema Corte.
El ministro Luis María Aguilar Morales fue el encargado de proponer que la SCJN ordenara la emisión de esta reglamentación. De no cumplirse con el mandato, la autoridad estaría obligada a emitir una respuesta favorable a la empresa, lo que marca un precedente importante en la regulación del cannabis en México.
Esta decisión de la SCJN no solo tiene implicaciones para la empresa involucrada, sino que también establece un marco regulatorio más claro para la industria del cannabis en México. La falta de un reglamento había generado incertidumbre tanto para las empresas que buscan participar en este mercado como para los consumidores interesados en productos de cannabis.
El nuevo reglamento deberá incluir procedimientos técnicos y científicos para la revisión de los productos, incluyendo su contenido, ingredientes, fórmula y empaquetado, garantizando así que se cumplan con las normativas sanitarias y de seguridad. Esta regulación podría abrir la puerta a un mayor desarrollo del mercado de cannabis en México, especialmente en lo que respecta a productos con bajo contenido de THC, que tienen aplicaciones potenciales en los sectores de la salud, bienestar y alimentos.
no, fue a si, la sentencia solo fue a favor de la empresa no de legislar. saludos CED